ACTUALIDAD NORMATIVA

LEY 1238 DE 2008
SE ORDENA LA DISPOSICIÓN GRATUITA DE LOS CERTIFICADOS DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS Y JUDICIALES PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES

En efecto, la Procuraduría General de la Nación garantizará de manera gratuita la disponibilidad permanente de la información electrónica sobre certificación de antecedentes disciplinarios para ser consultados por el interesado o por terceros a través de la página Web de la entidad. Lo importante es que los antecedentes así obtenidos, gozarán de plena validez y legitimidad.

Ley 1238 de 2008

LEY 1232 DE 2008
SE MODIFICA LA LEY 82 DE 1993, LEY MUJER CABEZA DE FAMILIA

La ley 1232 define que es, la Jefatura Femenina de Hogar, la cual es ejercida por la Mujer Cabeza de Familia. Esta condición y la cesación de la misma, desde el momento en que ocurra el respectivo evento, deberá ser declarada ante notario, expresando las circunstancias básicas del respectivo caso y sin que por este concepto se causen emolumentos notariales a su cargo.

Ley 1232 de 2008

LEY 1231 DE JULIO 17 DE 2008
SE UNIFICA LA FACTURA COMO TÍTULO VALOR Y MECANISMO DE FINANCIACIÓN PARA EL MICRO, PEQUEÑO Y MEDIANO EMPRESARIO

La Ley 1231 de 2008 modifica los artículos 772 a 774 y 777 a 779 del Código de Comercio. En esta ley se indica entre otros:

  1. Factura es un título valor que el vendedor o prestador del servicio podrá librar y entregar o remitir al comprador o beneficiario del servicio.
  2. Una vez que la factura sea aceptada por el comprador o beneficiario del servicio, se considerará, frente a terceros de buena fe exenta de culpa que el contrato que le dio origen ha sido ejecutado conforme a lo estipulado en el título.
  3. La factura deberá reunir, además de los requisitos señalados en los artículos 621 del Código de Comercio, y 617 del Estatuto Tributario Nacional o las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, los siguientes:
    1. La fecha de vencimiento; 2. La fecha de recibo de la factura, con indicación del nombre, o identificación o firma de quien sea el encargado de recibirla; y 3. El emisor vendedor o prestador del servicio, deberá dejar constancia en el original de la factura, del estado de pago del precio o remuneración y las condiciones del pago si fuere el caso.

Ley 1231 de 2008

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